martes, 23 de noviembre de 2010

TA3

1. ¿Cómo se vieron afectadas las relaciones de la empresa con la sociedad a nivel supra organizacional?
En el caso analizado, el dilema ético se dio cuando la ministra de Justicia Rosario Fernández, tuvo que decidir si contratar o no al hermano de su secretaria personal, Gioconda Amico Razzeto. Según lo analizado, se observó que con la decisión tomada se afectó directamente a la sociedad. Para analizar con mayor detenimiento este problema supra organizacional nos ayudaremos del modelo de Joseph Badaracco. Este modelo muestra la toma de decisiones ante dilemas éticos en los negocios. Badaracco señala que los dilemas éticos empresariales suelen presentarse en tres niveles. El nivel que vamos a utilizar nosotros es el tercero, el cual trata acerca de de los dilemas de carácter supra organizacional.
La primera pregunta dice así ¿He hecho todo lo que he podido para asegurar mi posición y afirmar la fortaleza de mi organización?
En este caso, la ministra de Justicia no ha cumplido con asegurarse si su posición era la correcta, ya que sólo evaluó sus intereses personales y no analizó que repercusiones podía tomar su decisión a la sociedad. Asimismo, ella pertenece a una identidad del estado; por lo tanto, ella debe de velar porque las decisiones tanto de ella como las de las personas que trabajan con ella sean correctas, es decir, sin tener preferencias personales por ciertas personas. Además, todas las instituciones estatales tienen el deber de tener procesos limpios, ya que funcionan con los aportes de todos los peruanos y  cualquier fallo en sus decisiones repercute en la sociedad. La ministra de Justicia no tomó en consideración lo anteriormente mencionado así como tampoco pensó en velar por los valores y la fortaleza que tienen todas las instituciones públicas, la cual es trabajar con transparencia y objetividad.
¿He hecho todo lo posible para pensar creativamente en el rol de mi institución con respecto a la sociedad y a los contribuyentes?
Rosario Fernández no pensó realmente en cuál era su verdadero rol en la institución. Como ya sabemos, ella era la ministra de justicia y; por lo tanto, ella debía de velar por su rol tan importante como funcionaria del estado haciendo que todos sus procesos sean equitativos para todos. Con la decisión que tomó, ella afectó directamente a la sociedad de diferentes maneras. Por un lado, el hecho de que ella opte por contratar a una persona por influencias en vez de que pase por un proceso de selección standard al igual que cualquier persona natural, afecta directamente a la sociedad, pues le quita la posibilidad a otras personas que están calificadas para realizar este trabajo para realizar dicho puesto.
Asimismo, sí el hermano de su secretaria comete errores garrafales, el estado va a tener que asumir costos extraordinarios para poder enmendar dichos errores, recortando el presupuesto estatal para otras actividades necesarias para la sociedad. Además, el hecho que ella tome esta incorrecta decisión afecta al estado, pues da una mala imagen de los manejos internos. Esto afecta gravemente a la imagen del Estado, ya que se supone que este organismo debe de elaborar y ejecutar planes, programas y políticas relacionadas con la defensa de los derechos humanos y la lucha contra la corrupción en el sector público. Entonces, el hecho de que la Ministra de Justicia cometa un error de esa magnitud afecta directamente a la imágen del estado, pues enseña que no se ha hecho un proceso limpio.

¿En esta situación debo de jugar al león – liderazgo inspirador, emblemático – o al zorro – astucia y sagacidad?
La actitud que tomó la funcionaria se relaciona como el zorro, ya que en vez de hablar con su secretaria y darle a entender porque era que ella no podía usar el poder de su cargo público para hacerle un beneficio incorrecto, ella simplemente fue astuta y manipuló el ingreso del hermano de su asistenta. Lógicamente, como su asistenta era uno de sus brazos derechos era más fácil cumplirle el favor y que ella estuviera contenta y tenerla de su lado, que hacerle entender que esto estaba mal y que atentaba contra los valores y la ética del Gobierno. Rosario Fernández, tampoco evaluó cual era su verdadero rol como ministra de justicia y todas las repercusiones que podían traer ésta decisión.

2. ¿Es posible prevenir casos como este en el futuro aplicando la estrategia “golpe por golpe”?
En el caso examinado, la Ministra de Justicia, Rosario Fernández, no aplicó la estrategia “golpe por golpe”, puesto que actuó en base a su interés individual y no en base al interés colectivo. Debido a que se ha asumido que en el caso analizado se dio el tráfico de influencia, probablemente la Ministra de Justicia pensó que, al contratar al Sr. Amico, le está haciendo un favor a su secretaria personal y que ésta le retribuiría, posteriormente, con otro favor. Este concepto de “si tú me ayudas, yo te ayudo después” sería adecuado si estuviera en el escenario correcto. Es decir, aplicar la estrategia golpe por golpe siempre y cuando se actúe por el interés colecto y no ruin.
Por tanto, aplicar una estrategia de golpe por golpe prevendría casos como este en el sentido en que contribuya con el bienestar de los trabajadores y de la sociedad en general. La Ministra de Justicia pudo haber aplicado esta estrategia pensando en las implicancias y consecuencias que traería consigo la contratación del hermano de su secretaria. No obstante, excluyó a otras personas que se presentaron al puesto sin evaluar la capacidad de cada uno para desempeñar dicho puesto vacante y sin considerar cómo podría impactar en la sociedad el mal desempeño del Sr. Amico si así fuese. Es un puesto del Estado y, por mucha más razón, debería preocuparse por el bienestar de los ciudadanos.
Los miembros de la sociedad, de una u otra manera, confían en que el Estado velará por ellos y que contribuirá a su desarrollo como sociedad, de modo que se espera que actúen en bien de todos sin repercusiones negativas. Las entidades del Estado y los ciudadanos deben tener una relación estrecha y debe llevarse positivamente y con confianza mutua. De esta manera, no se debería contratar a personas no competentes o por el simple hecho de ser recomendado sin antes ser consciente de las consecuencias que podría generar en la sociedad.
Por último, como se vino diciendo, la Ministra de Justicia, Rosario Fernández, debió aplicar una estrategia de golpe por golpe en la que se piense integralmente en todos para que su decisión pueda beneficiar no solo a ella misma sino, también, al bienestar de la sociedad.

3. Elija cuatro temas del curso para explicar las causas del delito que ha venido analizando
Para explicar las causas del caso de contrataciones indebidas en el Ministerio de justicia que han generado una mala imagen para tal sector, se han seleccionado cuatro temas vistos durante el curso que se asocian con lo tratado.
Importancia de la ética para los negocios
La ética es muy importante en los negocios y más aun cuando se tienen que tomar decisiones. Hoy en día  muchas instituciones y empresas le restan importancia a ella y terminan tomando decisiones que los llevan al fracaso o a contraer una mala imagen. En el ministerio de justicia, al parecer, no está muy arraigada la ética en sus trabajadores empezando desde la cabeza de la institución  por ello, son capaces de cometer actos ilícitos y dejarla mal por unos cuantos soles

El egoísmo
Las empresas en este caso, el ministerio de justicia, se esta enfocando en sus propios intereses al contratar al hermano de su secretaria personal. Se deduce esto ya que un sector político tan expuesto a la prensa,  debería de tener más cuidado en estos temas. Sin embargo, al hacer un “favor ” a una trabajadora en contratar a su hermano, esto les trae beneficios monetarios ya que, este nuevo colaborador  al haber entrado ilícitamente en ese puesto va a aceptar el pago que le impongan bajo las condiciones que le impongan.  Además, no están pensando en el daño que pueden causar contratando a alguien que tal vez no cumple con los requisitos necesarios para ocupar dicho puesto  habiendo muchas otras personas competentes que pueden desempeñar de la mejor manera las actividades requeridas. Las ganas de ganar más dinero por parte de los directivos de este ministerio a costas de dejar mal a este sector es una causa que se puede explicar por el egoísmo.
Momentos de la verdad
La persona que tomó la decisión de contratar o no a Luis Alberto Amico Razzeto se vio envuelta en un momento de la verdad. Esta persona para tomar la decisión de hacer el favor a la secretaria personal de la ministra de justicia, en contratar a su hermano,  ha tenido que hacer frente a sus valores y en base a ellos tomar una decisión. Antes de tomarla va a pensar en las repercusiones que esto pueda tener, por un lado se arriesga a ser descubierto y quedar mal públicamente y no solo esa persona si no también todas las que trabajan ahí además, de la preferencia que está tomando por alguien sobre  aquellas personas que por sus propios logros podrían ocupar el puesto, sin embargo al contratar a esta persona se beneficiaría él y otras personas monetariamente ya que el funcionario ganaría menos de lo que debería. Por otro lado está en caso de que no lo contrate y que el puesto lo ocupe alguien que se lo merece pero, esta persona y las otras interesadas ya no se beneficiarían monetariamente.  Por los visto en el caso, algunos valores predominaron y decidió contratar al hermano.

Responsabilidad corporativa
El realizar contrataciones indebidas o favoritismos por alguna persona que tiene  relación con algún funcionario de alto cargo es una práctica ilegal. En este caso, el ministerio no esta teniendo responsabilidad corporativa ya que esta sobrepasando  la línea de la legalidad y esta restándole importancia a otras personas y a su mismo trabajo.  Se llega a esa conclusión pues han sobrepasado la ley que menciona que los funcionarios no pueden participar en el reclutamiento del personal y también al pasar esta ley por alto están contratando a alguien que no es la persona indicada para el puesto cuando puede haber muchas otras preparadas para ello.

4. Cuatro recomendaciones para prevenir la contratación indebida

Teoría de los Stakeholders

Recomendación:

Evaluar el impacto directo e indirecto de una contratación indebida. El contratar a una persona de manera indebida afectará (o involucrará) en el corto y largo plazo a aquella persona o institución que realizó la contratación, a la persona contratada, a los medios de comunicación, al gobierno, etc.

Un evento que podría pensarse, podría pasar desapercibido, puede desatar una serie de consecuencias que dañarán la imagen de algunas personas y darán a conocer dichos daños a todo el público del entorno.

Recomendamos a aquellas personas que tienen o tendrán en algún momento la función de contratar personal para cubrir un puesto determinado, realizar un adecuado proceso de selección y contratación. Es importante dejar de lado la afinidad, amistad o cualquier tipo de relación o preferencia subjetiva que se tenga hacia  una persona para así contratar al candidato más apto.

Hay que tener presente que realizar una contratación indebida (de hacerse pública como en el caso evaluado en el avance 2), puede traer consecuencias que afecten la imagen de instituciones  y personas naturales encargadas de contratar o ser contratadas. Los medios de comunicación harán públicos este tipo de eventos y la comunidad conocerá en detalle los malos procedimientos llevados a cabo por aquellas personas que contratan indebidamente.

Nuevamente, nuestra recomendación es realizar una adecuada selección y contratación de personal, evaluando en paralelo las consecuencias de la contratación (saber a quienes podría afectar y como) para así evitar problemas y vergüenzas públicas.


Dilemas Éticos de nivel organizacional

Recomendación:

Recomendamos a aquellas personas encargadas de supervisar las contrataciones de nuevo personal verificar que el proceso haya sido llevado a cabo en base a las políticas de la organización (contratante). De esta manera se podrán identificar posibles irregularidades que deberán ser corregidas a la brevedad para evitar que se generen más problemas internos y/o externos.

Al momento de evaluar estas irregularidades (de existir), es importante tomar medidas correctivas de manera rápida, considerando los posibles puntos de vista de otros miembros de la organización, tratar de conseguir el apoyo de aquellas personas que pueden solucionar el problema de raíz, y transmitir el mensaje que este tipo de contratación es inadecuada.

En sí recomendamos evaluar este problema (contratación indebida) de manera rápida. Luego de realizar esta evaluación, es importante aplicar una solución igualmente veloz, ya que desperdiciar un poco de tiempo en este tipo de decisiones puede terminar por perjudicar a uno mismo.

Teoría de los derechos y la justicia

Recomendación:

Consideramos muy importante esta teoría para el aspecto laboral.  SI bien es cierto, los principales aspectos de la misma defienden el derecho a la libertad, la vida y la propiedad; también podemos llevarlo al derecho a obtener un empleo (ser contratado).

Sin embargo, este derecho tiene limitaciones y restricciones que involucran la capacidad de una persona para cubrir una vacante laboral, así como la legitimidad en el proceso de selección y contratación. Una persona mayor de edad tiene derecho a postular a una vacante laboral en una empresa determinada, sin embargo es importante que tanto el contratante como el postulante sean conscientes sobre las características requeridas y aquellas que posee el candidato.

Es responsabilidad de ambas partes tomar conciencia y aceptar la realidad referente a un perfil solicitado y uno postulante.  Aunque el empleador facilite la contratación de una persona (realizando una inadecuada selección), el postulante (o ya contratado para ese momento) tiene que poner sobre la mesa sus derechos y la justicia.

Es cierto que una persona puede laborar en una empresa o institución, pero no es justo que alguien no calificado cubra un puesto qué exige más de lo que uno puede ofrecer. Es justo que se dejen de lado las preferencias y afinidades para conseguir a los mejores talentos.

Recomendamos establecer políticas claras que defiendan el derecho laboral de las personas pero que al mismo tiempo delimiten las características requeridas y los adecuados procesos de contratación.


El Utilitarismo

Recomendación

Con la teoría del utilitarismo queremos hacer referencia al principio de mayor felicidad. Pongamos un ejemplo para aclarar este punto y sugerir una recomendación efectiva para las empresas que en algún momento puedan verse frente a una posible contratación indebida.

Digamos que el gerente de recursos humanos de una empresa recibe la llamada de una amigo muy cercano y con muchas influencias; este amigo le pide de favor que contrate a su hijo para que ocupe un puesto administrativo en su empresa para que pueda aplicar los conocimientos aprendidos en la universidad (aunque también le comenta que no tiene experiencia laboral previa). Si el gerente se deja guiar por la afinidad y decide complacer a su amigo y mantener intactas (incluso fortalecer) la relación amical que mantiene con este, obtendrá un gran beneficio así como un cierto grado de felicidad (pero a costa del posible mal ambiente que pueda generar en la empresa por este tipo de contratación inesperada e indebida. Por otro lado, si el gerente se rehusara a brindar este favor, podría poner en riesgo la relación que tiene con su amigo, más defendería tácitamente las políticas de la empresa y mantendría el buen ambiente de trabajo. En ambos casos el gerente obtiene un relativo grado de felicidad, pero depende de él mismo identificar cual será mayor.

En base a este ejemplo recomendamos a todos aquellos encargados de realizar o supervisar la contratación dentro de una empresa evaluar las opciones que se les presentan y optar por aquella que les brinde mayor felicidad; teniendo en cuenta que una decisión de este tipo no afecta a una sola persona, sino que involucra a un gran conjunto humano laboral.


martes, 2 de noviembre de 2010

Avance 2



  1. Descripción del caso
Para ejemplificar la contratación indebida se ha elegido un caso orientado hacia el nepotismo y el tráfico de influencias, ya que son factores por los que se puede originar la contratación indebida. Por tanto, a continuación se presentará un caso sobre un presunto nepotismo en el Ministerio de Justicia que ocurrió en el año 2008 el cual trata, a grandes rasgos, sobre la contratación del hermano de la secretaria personal de la ministra Rosario Fernández en ente vinculado al sector. El diario El Comercio publicó un artículo sobre este expresando lo siguiente:
Luis Alberto Amico Razzeto, hermano de Gioconda Amico Razzeto secretaria de la Ministra de Justicia Rosario Fernández,  fue contratado en el área de imagen del Archivo General de la Nación (AGN); entidad que depende del sector Justicia, lo que constituía --según la Ley 26771-- un caso de nepotismo por injerencia indirecta.
La ley 26771 dice: "Los funcionarios de dirección y/o personal de confianza de las entidades y reparticiones públicas, así como de las empresas del Estado, que gozan de la facultad de nombramiento y contratación de personal, o tengan injerencia directa o indirecta en el proceso de selección están prohibidos de ejercer dicha facultad en su entidad respecto a sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y por razón de matrimonio. Extiéndase la prohibición a los contratos de servicios no personales".
Fuentes del sector Justicia explicaron que el AGN es un organismo descentralizado y, por tanto, administrativamente independiente. Además, dijeron que Gioconda Amico está contratada bajo el régimen laboral de servicios no personales y, por tanto, no es considerada funcionaria ni personal de confianza, ello pese a ser quien lleva la agenda de actividades diarias de la ministra.
Cabe resaltar que, a pesar de que parezca que existe nepotismo, en realidad no lo hay, puesto que,  según la Directiva: “Normas y procedimientos para la prevención de actos de nepotismo en el Consejo Nacional de la Magistratura”, la Ministra Rosario Fernández no tiene ningún grado de consanguinidad ni de afinidad ni mucho menos razón de matrimonio con el contratado (el vínculo lo presenta la secretaria personal mas no la Ministra de Justicia).  Además, tampoco se puede considerar un caso de nepotismo por injerencia indirecta porque, para que se cumpla esto, la ministra Fernández tendría que pertenecer a rango inferior o del mismo nivel al del personal encargado de contratación y ejercer alguna injerencia en quienes toman o adoptan la decisión de contratar personal para la institución.
De este modo, el caso que se ha presentado no está enfocado en el nepotismo como parte de la contratación indebida, ya que no existen argumentos para fundamentar este presunto nepotismo.
En el grupo se ha debatido y se ha llegado a la conclusión de presumir que hay un tráfico de influencia y basaremos los demás puntos del trabajo en el caso orientado al tráfico de influencia que forma parte de la contratación indebida. Se presume tráfico de influencia, debido a que se presume que entre Gioconda Amico Razzeto (secretaria personal) y Rosario Fernandez (Ministra de Justicia) se solicitó una realización de un acto materia de empleo que, finalmente, produce beneficios no solo de índole económico para ambas partes.
Se entiende como tráfico de influencia lo siguiente:
“El servidor público que por sí o por interpósita persona promueva o gestione la tramitación o resolución ilícita de negocios públicos ajenos a las responsabilidades inherentes a su empleo, cargo o comisión, y
II. Cualquier persona que promueva la conducta ilícita del servidor público o se preste a la promoción o gestión a que hace referencia la fracción anterior.
III. El servidor público que por sí, o por interpósita persona indebidamente, solicite o promueva cualquier resolución o la realización de cualquier acto materia del empleo, cargo o comisión de otro servidor público, que produzca beneficios económicos para sí o para cualquiera de las personas a que hace referencia la primera fracción del artículo 220 de este código.
Al que cometa el delito de tráfico de influencia, se le impondrán de dos años a seis años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el distrito federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a seis años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.”
Extraído del  Ministerio Nacional Anticorrupción de México

Después de haber aclarado esto, se detallará un poco más el caso elegido.
Los hermanos Amico expresaron sus opiniones y versiones de los hechos, alegando lo siguiente:
·         Gioconda Amico dijo que su hermano solo gana S/.800 mensuales y que ella percibe unos S/.5.000 al mes desde enero de este año, cuando accedió al cargo.

·         Luis Alberto Amico dijo que laboraba como asesor de imagen y que se encontraba a la espera de una plaza en el AGN.

Los principales responsables es este escándalo son:
  • El personal encargado de realizar los procesos de selección y contratación en esta rama del sector público por no investigar la razón de su contratación y si Luis Alberto Amico cumple con los requisitos y capacidades para el puesto de trabajo.
  • La Ministra Rosario Fernández y sus respectivos asesores que no prestaron atención a sus Stakeholders directos e indirectos (trabajadores y medios de comunicación) y por acceder a la contratación de Luis Alberto Amico.
  • La secretaria personal de la ministra Rosario Fernández por no estar al tanto, o pasar por alto las posibles consecuencias de la contratación de su hermano en un lugar donde las normas lo prohíben. Y por infringir en un acto que no es aceptable desde el punto de vista de recomendar a su hermano y realizar el tráfico de influencia para que labore en un ente vinculado con el Ministerio de Justicia
  • El mismo Luis Alberto Amico, por no evaluar o consultar las consecuencias de su participación laboral en este sector y percatarse del posible delito que se realizaría con su contratación al ser pedido por su hermana quien trabaja como secretaria de la Ministra de Justicia.

Los principales afectados debido a este escándalo son principalmente:
  • El Ministerio de Justicia.- Esta entidad Gubernamental ve afectada su reputación al reflejar un lugar en el cual la justicia (de oportunidades laborales) no es respetada. Los medios de comunicación exponen el caso y, aunque los implicados directos ven sus nombres embarrados, es este Ministerio el que sufre un mayor grado de daño en su imagen y reputación frente a todo el pueblo nacional.
  • La Ministra Rosario Fernández.- Siendo una persona con un puesto tan elevado e importante y representante directa del Ministerio de Justicia, ve su imagen perjudicada en un gran nivel. La noticia hace ver que se están presentando conductas nada éticas dentro de un Ministerio que debería estar encargado de dar el ejemplo entorno a la Justicia. La capacidad de dirección y control de la señora Fernández son puestos en duda.
  • Luis Alberto Amico.- Siendo el principal personaje de este caso, Luis Alberto Amico se verá afectado en el corto plazo, como mencionaremos en las siguientes líneas, al perder su empleo y hacerse de una reputación desacreditadora en el mercado laboral. Aunque  su intención no haya  sido causar un evento de esta magnitud; terminó por afectar a más de una persona y a sí mismo en gran magnitud.
  • La secretaria Gioconda Amico Razzeto.- Al infringir en el tráfico de influencia poniendo en riesgo su puesto de trabajo y su imagen.


Las consecuencias de este escándalo:
Luego que esta noticia saliera a la luz, el mismo diario que informó el caso de nepotismo en un primer momento, notificó lo siguiente:

“Las autoridades del Archivo General de la Nación (AGN) decidieron no renovar su relación laboral con Luis Alberto Amico Razzeto, cuya contratación en esa entidad es cuestionada por un supuesto caso de nepotismo.
Por este caso, la Comisión de Fiscalización del Congreso ha solicitado explicaciones a Fernández. El presidente de ese grupo de trabajo, el parlamentario Francisco Escudero (PNP), indaga si Amico llegó a trabajar al AGN mediante alguna recomendación y si esta constituyó el delito de nepotismo, posibilidad que el sector Justicia ha rechazado.”
                Extraído del diario El Comercio (20 Junio 2008)

Otra consecuencia es que tanto a la secretaria como a la ministra de Justicia se les imponga el castigo correspondiente según el código penal por haber cometido el delito de tráfico de influencia y haber contratado a Luis Alberto Amico sin considerar si realmente era competente y necesario para el puesto.
Como se puede ver, luego del escándalo, Luis Alberto Amico, pierde su empleo y su presunta contratación conlleva una serie de investigaciones de los principales encargados del Ministerio; en este caso, en primer lugar, Rosario Fernández. Si bien es cierto, este caso podría ser resuelto y cerrado en poco tiempo, los medios de comunicación se encargarán de seguirle los pasos al Ministerio y continuar con la actual línea de intentar informar sobre las irregularidades que ocurren dentro de los organismos gubernamentales del país.


  1. Preguntas de Unidad 3

Análisis  Utilitarista
El análisis utilitarista se basará en un momento previo al escándalo, en el cual Rosario Fernández (Ministra), y su secretaria (Gioconda Amico) están frente a la evaluación de placeres y sufrimientos en base a la posible contratación de Luis Alberto (hermano de Gioconda).


Contratar a Luis Alberto
No contratar a Luis Alberto
Placer
Sufrimiento
Placer
Sufrimiento
Rosario Fernández
Ayuda a su secretaria personal brindándole empleo a su hermano.

Conciencia de culpabilidad al romper una norma legal.
Si es descubierta corre el riesgo de la penalidad por el delito.
Conciencia limpia.
Sigue realizando su labor efectivamente.

No puede ayudar de manera rápida a su secretaria.
Probable cambio negativo del ambiente laboral entre su secretaria y ella.
Gioconda Amico
Su hermano obtiene un empleo fijo en un cargo gubernamental.
Sentirse contenta de haber ayudado a su hermano a conseguir empleo.
Conciencia de culpabilidad al romper una norma legal.
Si es descubierta corre el riesgo de la penalidad por el delito.

Conciencia limpia.
Su hermano continúa sin un empleo en el gobierno cerca a ella (su hermana).
No haber hecho todo lo posible para ayudar a su hermano a conseguir el empleo.

Como se puede observar, los sufrimientos ocasionados por la contratación de Luis Alberto Amico son mayores al placer en caso lo contraten. Del mismo modo, el sufrimiento de no contratar al hermano de la secretaria es mayor al placer de no contratarlo. Por tanto, contraten o no contraten a Luis Alberto Amico ocasionará sufrimiento para ambas partes; sin embargo, basándonos en el que subjetivamente presenta mayor sufrimiento, la solución más efectiva es no contratar al Sr. Amico. Esto porque, en caso de ser contratado, ambas partes se sentirían culpables al haber incumplido una ley y a eso se le suma el hecho de que pueden ser investigadas y descubiertas imponiéndoseles la penalidad correspondiente y el posible desempleo por un periodo de tiempo.
De esta manera, la mejor decisión, en cuanto a un análisis utilitarista, es no contratar al hermano de la secretaria de la ministra, ya que presenta mayor sufrimiento y mayores riesgos tanto para la ministra Rosario Fernández como para la secretaria Gioconda Amico.

Teoría de la justicia y derechos

Problema 1
La selección y ubicación de Luis Alberto Amico en el puesto asignado no son para nada justas, ya que su elección no se basó en las habilidades, capacidades y competencias que conciernen al puesto de trabajo en el área de imagen del Archivo General de la Nación sino más bien fue elegido por otros motivos que, probablemente, no guardan ninguna relación con el puesto requerido. De esta manera, no hay justicia para las otras personas que pudieron participar en el proceso de selección, debido a que se les está incumpliendo su derecho a trabajar y ser considerado para el puesto si cumpliese con los requisitos necesarios.
Sin embargo, Luis Alberto Amico, así como cualquiera de nosotros, también tiene el derecho a trabajar y poder sostenerse a si mismo y a su familia a través de un empleo; lamentablemente, en esta situación en particular, la manera y las razones por las que se dio su contratación no es la apropiada y se está cometiendo un delito.

Problema 2
Resulta justo que alguien busque rodearse de personas de confianza, especialmente en un ambiente laboral.  Si tomamos este caso particular y evaluamos la posible decisión de Rosario Fernández de permitir la contratación de Luis Amico debido a una recomendación de su secretaria, entonces se podría decir que Fernández está optando por una contratación probablemente prometedora y segura. Sin embargo, a pesar del puesto de la Ministra y la confianza que pueda depositar en Gioconda Amico, no puede saltarse los protocolos básicos de selección de personal, eliminando la posibilidad de postulación para otras personas. Todos tienen derecho a optar por un cargo en el sector gubernamental, y nadie puede ignorar esta realidad y anular el derecho de otras personas por dar preferencia a un conocido y/o recomendado. Es necesario evaluar todas las posibilidades y obtener al candidato más apto para el puesto.


  1. Ejemplo con variable de intensidad moral
En el caso analizado, una de las variables de intensidad moral que más se ve afectada es la variable de Probabilidad de efecto, ya que la persona que tomó la decisión, en este caso la ministra de justicia Rosario Fernández, no pensó que sería descubierta. Además se tenían como contingencia algunas coartadas preparadas con las cuales su decisión no incurriría en nepotismo ni iría contra la ley. Algunas de sus declaraciones fueron que Gioconda Amico Razzeto, su secretaria personal, estaba contratada bajo el régimen laboral de servicios no personales y, por lo tanto no es considerada funcionaria ni personal de confianza por lo que creían que ella si podía ejercer facultad en su entidad a sus parientes. También declaró que el área de imagen del Archivo General de la Nación (AGN), en un organismo independiente y, por lo tanto, otra entidad no puede influir en sus procesos de selección de personal, por lo que ellos justifican que el Ministerio de Justicia no tiene ningún vínculo con el área mencionada. Por estas razones, la ministra a través de sus colaboradores afirmó que no se trata de ninguna irregularidad. A pesar de que se investigó sobre el presunto nepotismo y no se hallaron cargos al respecto, no se descartó la posibilidad de existir un tráfico de influencia por parte de la ministra con su secretaria. Hecho que la ministra no pensó que sería explorado y que puso poco interés en este. De este modo, la probabilidad de que los daños se presenten los vio lejos a que realmente ocurran y por eso su decisión ética se basó, principalmente, en la probabilidad de efecto y la importancia relativa de esta intensidad moral.

  1. Herramientas Gerenciales de la Ética para prevenir este problema
Herramienta
Detalles
Enunciados de visión y misión corporativa
Definiendo claramente los objetivos y metas del Ministerio, así como su nivel de trascendencia y alcance social, probablemente las normas que rigen la contratación serían valoradas,  consideradas y evaluadas con mayor profundidad antes de cualquier toma de decisión (como una contratación).
Códigos de ética corporativa
A través de un conjunto claro de normas y conductas, tanto la ministra como su  secretaria no hubieran apoyado la contratación de Luis Alberto; e incluso este mismo, una vez contratado hubiera informado sobre la evidente quebrantación de la norma, buscando su reubicación antes de su despido.
Canales de Reporte y Consulta
Como mencionamos en las líneas anteriores, Luis Alberto, junto con su  hermana, pudieron haber consultado la posible existencia de conflictos legales debido a su contratación de haber existido un canal de reporte y consulta sobres este tipo de eventos. Con una rápida respuesta e información sobre las consecuencias, todo este incidente se hubiera evitado. Sin embargo, incluso de existir este canal, probablemente aún se hubiera quebrantado la ley.
Programas de consulta, diálogo y asociación con los grupos de interés
Con un programa de comunicación con interesados en postular al Ministerio, con comunicación con la prensa y con diálogo con consultores externos, podría haberse evitado este problema. Al “recordar” la normas de contratación, y al comunicar que se está haciendo en el Ministerio y cómo, los grupos de interés sienten que con tomados en cuenta y que existe transparencia para con los procesos del Estado que involucran a más de una persona.


Bibliografía

El Comercio. 2010 Página web del diario El Comercio que contiene la información del caso presentado. Consulta: 26 de octubre. (http://elcomercio.pe/ediciononline/html/2008-06-14/investigaran-presunto-caso-nepotismo-ministerio-justicia.html)
El Comercio. 2010 Página web del diario El Comercio que contiene la información del caso presentado. Consulta: 26 de octubre. (http://elcomercio.pe/ediciononline/html/2008-06-20/hermano-secretaria-ministra-fernandez-fue-retirado-archivo-general.html)
Movimiento Nacional Anticorrupción de México.  2010  Página web del MNA con enlaces de interés sobre el tráfico de influencias. Consulta: 28 de octubre. (http://www.mna.org.mx/leyes_3_10.htm#)
Consejo Nacional de la Magistratura 2010 Página web del CNM de Perú que contiene información sobre las normas y procedimientos para la prevención del nepotismo. Consulta: 26 de octubre. (http://www.cnm.gob.pe/cnm/archivos/pdf/2009/infoinsti/DIREC0022009PCNM.pdf)

martes, 14 de septiembre de 2010

TA1

2.- Descripción del tema

La contratación indebida es todo tipo de contratación hecha de manera incorrecta. La contratación puede ser tanto a personas como a empresas para brindar algún tipo de  servicio.
Un tipo de contratación indebida que se da frecuentemente consiste en emplear a personas que no cumplen con el perfil adecuado para un puesto determinado; siendo la base de selección algún tipo de lazo de parentesco. Este hecho está penado legalmente en el sector público mediante la ley Nº 26771, la cual prohíbe la facultad de nombramiento y contratación de personal en casos de parentesco. 
El Artículo 1 de la Ley Nº 2779 dice así: "…Los funcionarios de dirección y/o personal de confianza de las entidades y reparticiones públicas conformantes del Sector Público Nacional, así como de las empresas del Estado, que gozan de la facultad de nombramiento y contratación de personal, o tengan injerencia directa o indirecta en el proceso de selección se encuentran prohibidos de ejercer dicha facultad en su entidad respecto a sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y por razón de matrimonio".
Otro tipo de contratación indebida que se da en el mismo sector se presenta cuando se postula por un puesto público a través de un examen y simplemente por contactos, no necesariamente por algún lazo de parentesco, obtiene el puesto. También, a veces sucede que si eres amigo de alcalde o de alguna persona de alto puesto en alguna municipalidad, y tienes una empresa que le pueda dar algún tipo de servicio a la municipalidad, a pesar que se haga una licitación, el amigo del alcalde o de alguna persona de alto rango termina ganándola. A pesar de que pudieron haber otras empresas en la licitación con mejores propuestas.
Este hecho demuestra una falta ética por parte de la persona que toma la decisión, pues se está aprovechando de tener un cargo de poder, como por parte de la persona que acepta este tipo de contratación, pues ésta personas sabe que no está cumpliendo con los estándares establecidos de contratación. Además, el sector público se maneja con recursos públicos y; por lo tanto, todos los funcionarios públicos tienen la obligación de velar por el bienestar del país y de sus ciudadanos. Asimismo, dentro de los deberes éticos que tienen los funcionarios públicos está la neutralidad y el uso adecuado del cargo. Si éstos van realizan contrataciones indebidas están atentando las normas establecidas.
Además de presentarse contratación indebida en el sector público, ésta también se presenta en el ámbito privado, pero éste sector no está regulado por ninguna ley. Generalmente, se habla de contratación indebida en las corporaciones grandes, ya que éstas empresas tienen prácticas de buen gobierno corporativo y ciertas reglas, procedimientos y normas que regulan la selección y  contratación de personal. Por ejemplo cuando en una corporación se contrata a alguien que no cumple con el perfil adecuado para un determinado puesto, pero por el simple hecho de ser familiar del gerente de recursos humanos entra a la empresa sin importar que no cumple con el perfil y requisitos determinados para dicho puesto por la empresa. A través de esta práctica, son dejados de lado candidatos potencialmente aptos, para dar pase a empleados ineficientes (en la mayoría de los casos), los cuales, a largo plazo perjudicarán a la empresa en sí y a todos los involucrados con la misma.
La contratación indebida también abarca el inapropiado proceso de emplear personas sin establecer contratos legales que expresen detalladamente las funciones de ambas partes, contratantes y contratados. Muchas empresas tienen a cierto número de empleados “por fuera” con lo cual evitan pagar los beneficios que los empleados requieren si están en planilla.
Desde un punto de vista ético, la contratación indebida rompe el interés general a favor del interés particular. Esto favorece indebidamente a alguien que no se lo merece, pues no ha pasado el proceso requerido, atenta contra los valores, el desarrollo social, la mejora en la calidad de los servicios, entre otros.

3.- Preguntas de la Unidad 1

Pregunta 1: Cuatro aspectos que reflejen la importancia de la ética y su relación con el tema elegido.

  1. El poder y la influencia de los negocios en la sociedad es más grande que nunca.

Las entidades, tanto particulares como estatales, muchas veces abusan de su autoridad y poder económico según la necesidad, cultura y muchos otros factores de las sociedades en las que interactúan faltando gravemente muchas normas éticas. Por ejemplo,  en el tema de la contratación indebida  son muchos los casos encontrados, especialmente en entidades dirigidas por el estado en donde se manipulan los procesos de selección (auditorias) para favorecer a empresas que presentan algún vínculo con los gerentes o con personal de alta jerarquía.  En este proceso de selección se deja a un lado a aquellas empresas que poseen alto nivel de competencia y requisitos mínimos indicados para ese trabajo. Finalmente, si estas empresas comtratadas por algun tipo de favor no trabajan realmente para la comunidad, pueden causar un gran daño.
Tomando nuevamente como ejemplo al estado, que como ya sabemos es la empresa más grande de la nación,  ésta,  también muchas veces se da la potestad de desviar recursos para contratar personal para beneficio propio, es decir, que el estado muchas veces designa cierta cantidad de dinero por ejemplo,  al congreso para que contraten personal como asesores o secretarias. Sin embargo, los congresistas no hacen más que desviar cierta cantidad de dinero o en muchos casos elevar el presupuesto designado para contratar niñeras o empleadas del hogar para su propio beneficio, muchas veces éstas figuran en planilla como secretarias o asesores con sueldos elevados,  sin embargo, no reciben tal cantidad de dinero, sino mucho menos aprovechándose de la necesidad de las personas.
En pocas palabras, se disfrazan contratos para beneficio únicamente de los contratistas. Además  en muchos casos es  de conocimiento del estado  y es respaldado por ellos pues es toda una cadena de corrupción y malos actos.


  1. Las malas prácticas de  negocios tienen el potencial de infligir un enorme daño en las personas, comunidades y el medio ambiente.

La gran mayoría de empresas en especial las MYPES recurren a malas prácticas al momento de contratación de personal, pues muchos de estos trabajan a tiempo completo y  no figuran en planilla (solo RRHH), o no tienen un contrato y por lo tanto no cuentan con  los beneficios sociales que les corresponden como el seguro social, CTS y gratificaciones. Muchas veces también, trabajan más de las horas reglamentarias  sin ser estas reconocidas o existe el caso de entidades que simplemente no les pagan a sus trabajadores. Sin embargo, los empleados  a pesar de poder hacer algo, como denunciar estos actos en el ministerio de trabajo, no lo hacen, ya que se quedarían sin empleo y este es el único sustento que tienen para su familia. Por otro lado, está el caso de las mineras que, al momento de realizar subcontrataciones para alguna actividad critica de minería, realizan malos procesos de selección y a pesar que el gobierno les exija que todos sus procesos tengan licencias ambientales, de construcción, etc. Estas no las tienen, causando un gran daño al medio ambiente y a los pobladores de los alrededores.


  1. Necesitamos comprender por qué siguen ocurriendo infracciones éticas en los negocios.

Las infracciones éticas como las contrataciones indebidas, en este caso, son parte de la cultura peruana pues, las empresas actúan como  “Pepe el vivo”  aprovechándose de la necesidad de las personas por conseguir un trabajo el cual en nuestro país es muy escaso. Si bien, los actos mencionados anteriormente son antiéticos, ciertos puntos son moralmente aceptados por la sociedad por ejemplo el pago a través de recibo por honorarios a personal de tiempo completo,  el personal en muchos casos llega a acuerdos con sus contratantes aceptando trabajar bajo esta forma.

  1. La ética para los negocios nos da la habilidad para comprender los  beneficios y riesgos de diferentes caminos para manejar las cuestiones éticas.

A pesar de todos estos malos actos que se comenten a diario no solo en el Perú, sino en todas partes del mundo; la ética y la moralidad, que se demuestran a través de los valores y cultura de una organización, ayudan a frenar las ganas de realizar contrataciones indebidas a muchas empresas. Este tema no solo perjudica  a la empresa y sus trabajadores si no también a toda su nación, Por ejemplo en Colombia debido a las contrataciones indebidas se han perdido 600 millones de pesos, una cifra verdaderamente alarmante y esto no solo es una perdida monetaria, sino también un atraso para el país. Por otro lado, muchas organizaciones creen que se benefician económicamente y tal vez algunas así lo hagan, pues llegan a cuerdos con sus empleados, como por ejemplo el método de pago a través de Recibos por Honorarios. Si una empresa pequeña presenta un bajo presupuesto para pagar a su personal, tal vez es una buena opción llegar a ese acuerdo siempre y cuando sea aceptado por ambas partes y no, impuesto por el contratante de esta manera ambos se benefician. Sin embargo, no es legal esta acción y de ser descubierta la empresa seria gravemente multada por SUNAT.

Pregunta 2: Dos ejemplos de áreas grises que se puedan presentar con respecto al tema elegido.
Las áreas grises son un dilema ético, donde la frontera entre lo correcto e incorrecto se vela. En este punto nuestras leyes son claras y es necesario incurrir a nuestra ética.

En el caso específico de la contratación indebida podemos reflejar esta acción en dos ejemplos concretos:

Un ejemplo de área gris se da cuando un gerente de recursos humanos se enfrenta a un dilema ético, si contratar a un familiar suyo, quien realmente necesita el trabajo, o contratar a un tercero con capacidades superiores para realizar el puesto requerido.  Para esta situación específica en la que se encuentra el gerente, él no tiene ninguna ley que le diga como debería solucionar esta delicada situación. Por esta razón, él debe de acudir a su propia ética para determinar qué es lo que debería de hacer.  Por un lado, se enfrenta al hecho de que es su familiar al que estaría “dejando de ayudar” y; por otro lado, estaría yendo en contra de las prácticas de buen gobierno corporativas, así como las reglas y normas que tienen establecidas.
En nuestra opinión, consideramos que frente a esta situación el gerente debería de contratar a la persona que realmente cuente con las capacidades para ejercer dicho puesto, pues él es un funcionario de la organización y; por lo tanto, él no puede ir en contra de las reglas establecidas. Por otro lado, lo que sí podría hacer es conversar con su familiar y sugerirle empresas y puestos a los que él podría postular según su perfil y sus capacidad. Asimismo, puede tratar de ayudarlo a enviar el curriculum a colegas suyos, quienes quizá puedan estar necesitando a una persona con ese perfil. Cabe resaltar, que el hecho de que el gerente le envíe su curriculum a colegas no significa que lo harían entrar sin pasar el procedimiento requerido.

Otro claro ejemplo de área gris se puede presentar en el sector público. El alcalde de Miraflores tiene que realizar una licitación para conseguir a una empresa privada para que se encargue del recojo de la basura de todo el distrito. Su hijo menor, quien acaba de constituir una empresa diversos servicios, entre los cuales está el de recojo de basura, se presenta a dicha licitación. Además, a esta licitación se presentan otras empresas sumamente competitivas, con muchas experiencia brindando el servicio de recojo de basura y, en especial una de éstas ofrece precios más bajos que el resto. El alcalde se va a encontrar frente al dilema si darle la licitación a su hijo, pues a pesar de no ser un experto en el servicio de recojo de basura le puede dar la oportunidad de tener un cliente sumamente importante y además, la oportunidad de ganar experiencia y reputación. Por otro lado, sabe que el hecho de “ayudar” a su hijo no va a ser correcto, pues tiene otra mejor alternativa que es de una empresa con amplia experiencia brindando dicho servicio, que va a poder hacer un trabajo más eficiente con el cual los vecinos de Miraflores van a estar contentos, que por su bajo costo le va a permitir realizar obras para el distrito. Sin embargo, el alcalde sabe que el que su hijo gane esta licitación va a abrirle muchas puertas para que su empresa crezca y consiga otras licitaciones importante.

En esta situación, el alcalde se enfrenta a un dilema ético, pues por un lado tiene la oportunidad de ayudar a su hijo y; por otro lado, sabe que la alternativa de la otra empresa es mejor para los vecinos miraflorinos. En nuestra opinión, consideramos que el alcalde por mucho que le duela no darle una oportunidad tan importante como esta a su hijo, no lo debería de hacer, pues el presupuesto de la Municipalidad sale de todos los aportes de los vecinos y ellos merecen tener a un líder que los respete y vele por su bienestar. Asimismo, el alcalde sabe que el es un funcionario público que tiene el deber de velar por el bienestar del distrito.  Por otro lado, su hijo puede presentarse a otras licitaciones e ir perfeccionándose más en ese servicio y si en algún momento llegase a superar al principal competidor, volver a presentarse a la licitación y realmente ganar porque su propuesta es la mejor.


4.- Preguntas de la Unidad 2

Pregunta 3: presente de qué manera el tema elegido puede afectar a los grupos de interés de las empresas. Cite ejemplos concretos para cada stakeholder.

La práctica de la contratación indebida afecta, indudablemente, a más de un Stakeholder, ya que rompe con el interés general y los fines estatales establecidos en la Constitución por el interés particular, lo cual genera un abandono de las obligaciones y deberes que tiene el servidor público como tal.
Por otro lado, la contratación indebida también se puede ser presentar en el sector privado, siempre y cuando sean empresas que tengan compromiso explícito por la responsabilidad social y que, por ende, contribuyen al desarrollo sostenible del país, tales como, Minera Yanacocha, la Unión de Cervecería Backus & Johnston, TISUR, Nestlé, entre otras.
La idea es que cada empresa tenga en cuenta su relación con cada uno de sus stakeholders para que, de esta manera, evalúe y comparta el riesgo con cada uno de ellos en el momento de tomar decisiones que puedan afectar sus intereses. Ésta es la responsabilidad que debe asumir cada empresa para prevenir el daño, si fuera el caso, que pueden provocar los stakeholders hasta de segundo nivel, es decir, los stakeholders de los stakeholders directos de la compañía. Además, no solo para prevenir el daño, sino que, también, podría beneficiarse en otros casos o simplemente podría evitarse posibles problemas.
En este sentido, se deben analizar los stakeholders como una democracia, puesto que entre toda la red de éstos debe existir paz, estabilidad y prosperidad.
Dentro de éste tema en específico “Contratación indebida” describiremos, a continuación, los stakeholders principalmente afectados por esta mala práctica de contratación.                             
Se debe tener en cuenta que los stakeholders que mencionaremos no estarán por orden de importancia, puesto que todos son igualmente importantes.
Dentro de los grupos de interés afectados por la contratación indebida, hablando del ámbito privado, están los accionistas, debido a que son éstos quienes otorgan capital a la empresa para subsistir y perdurar a lo largo del tiempo y si la rentabilidad de la empresa y los retornos para sus accionistas se ven perjudicados, entonces éstos no querrán más invertir en la compañía, se retirarán y las acciones disminuirán; por último, se convertirá en un mercado poco atractivo para éstos y otros posibles accionistas.
Los proveedores, tanto para sector privado como público, que son imprescindibles para el éxito de la empresa y que ésta a la vez es indispensable como cliente del proveedor, resultan perjudicados ante cualquier acto de contratación indebida porque, al ser los dos complementarios para el correcto funcionamiento de cada firma, cualquier tipo de medida tomada que vaya en contra de la ley, afectará el lazo que se haya establecido entre ellos, ya que la firma que haya cometido el acto de contratación indebida será sancionada y tendrá críticas por parte de los demás grupos de interés; en todo esto, la otra firma se verá involucrada, no en el sentido de que ésta también haya cometido el mismo acto, sino en el sentido en que por ser proveedor o cliente potencial de la que sí cometió el acto indebido, su imagen y confianza ante todos sus stakeholders se vería dañada.
Además, también se puede pensar que el proveedor estaba al tanto de la contratación indebida que hacía su cliente y que no trató de poner las reglas claras o, siendo más estrictos, no cortó el lazo entre ellos.
Todos tenemos claro que los clientes son el porqué de la compañía y que conducen al éxito de ésta. Por ello, la empresa debe velar por su satisfacción y otorgar productos y/o servicios que les ofrezcan los beneficios esperados o, mejor aún, superarlos para crear clientes leales y, por ende, dispuestos a intercambiar recursos por sus productos para que la empresa siga en funcionamiento. De este modo, otro grupo de interés afectado son los clientes; el hecho de que una empresa realice una contratación indebida y que la sociedad en general se entere de este acto, implica que los consumidores también estén informados sobre este acto y se sientan incómodos al saber que la empresa en la que ellos confiaban en realidad está cometiendo actos indebidos y que no trata a sus trabajadores de la manera más adecuada; entonces, ¿cómo puede la empresa tratar bien y prestarle atención a sus clientes potenciales si a sus clientes internos no les brinda respeto e incumple con sus necesidades?. Los clientes se llevarán una mala imagen de la empresa, posiblemente dejarán de ser leales dependiendo del pensamiento de cada cliente, y, por último, la empresa disminuirá sus ventas y participación de mercado tal vez momentáneamente o quizá a mediano y largo plazo.
En el sector público, por ejemplo, el Gobierno Regional de San Martín de Perú es un cliente estratégico del Servicio Holandés de Cooperación al Desarrollo (SNV) que es una empresa social dedicada a la eliminación de la pobreza y la falta de equidad en los mercados emergentes de todo el mundo. En el 2009, la SNV trabajó con el Gobierno Regional de San Martín para formar lazos entre la inversión pública y privada para el desarrollo de iniciativas que sean rentables y sostenibles relacionadas con la energía renovable, por ello, se implementó la Ley Nacional de Promoción de los Biocombustibles que, actualmente, ha generado mayores empleos e ingreso  para las personas con pocos recursos, así como también, se han destinado recursos públicos para la creación de fondos de garantía que den acceso al crédito a los pequeños productores. En este ejemplo, si se hubiera dado un caso de contratación indebida, del cual la SNV hubiera tenido conocimiento, lo más probable es que no hubiera tenido la intención de trabajar juntos por no querer verse involucrado y perder el prestigio que ha ganado en todo este tiempo (además de que es un hecho que va en contra de sus políticas). Esto no hubiera permitido el incremento del 50% de los ingresos de los pequeños productores como se ha logrado trabajando con la SNV, ni la creación de 2000 empleos y mucho menos el hecho de que 800 personas hayan logrado entrar en el mercado laboral. 
Por otro lado, los empleados, obviamente, se ven afectados en este tipo de fraude como es la contratación indebida, puesto que genera implicancias en el ambiente laboral; a nuestro parecer, la contratación indebida podría alterar la cultura de la organización y los valores que se inculcan. El desagrado que se pueda generar en el ambiente laboral se traduce en disminución de productividad y, por ello, de rendimiento, ya que los empleados no se sentirán conformes con las malas prácticas que realiza la empresa y su motivación caerá.
Los empleados esperan seguridad, sueldos y beneficios como retorno de la labor que realizan hacia ésta. Esperan que la empresa les sea leal al igual que ellos a la empresa pero con la contratación indebida el valor percibido que los empleados tenían para con la empresa se verá afectado. Por último, las relaciones productivas que tenían se dañarán.
La comunidad local es otro grupo de interés que también resulta afectado. Una empresa al realizar una contratación indebida está atentando contra el buen manejo de su relación con la comunidad local, ya que, en el caso de ser una empresa privada, la comunidad local le otorgó total confianza para ejercer sus actividades de las cuales sus ciudadanos se favorezcan de algún modo; sin embargo, un acto de contratación indebida degrada a las personas contratadas que son integrantes de la comunidad local, y a los derechos y beneficios esperados por éstas en relación con la empresa contratante. Este hecho hace que la comunidad local pierda la confianza en la empresa y tome medidas punibles para sancionar a la empresa.
En caso de ser una entidad pública, al cometer un acto de contratación indebida, estaría rompiendo con el compromiso que tiene ésta como regulador, estabilizador y servidor para la comunidad. Así mismo, tampoco cumpliría con la obligación que tiene de velar por el bienestar del país y de sus ciudadanos. De este modo, la comunidad local se vería perjudicada, ya que el sector público no los está protegiendo de la manera correcta como debería de hacerlo y, al contrario, humilla a sus propios ciudadanos.
El gobierno es otro grupo de interés que se ve afectado por la contratación indebida, puesto que es éste quien rige los deberes y obligaciones que deben tener los funcionarios públicos, tales como neutralidad y uso adecuado de su cargo, y que al cometer este acto, se incumplen y desestabilizan las normas establecidas contra este tipo de fraude y, que al final, perjudican el bienestar de todo el país.
Por otro lado, la gerencia o la administración de los sectores públicos y privados deben amparar el bienestar de la compañía y para hacerlo debe balancear todas las demandas de sus stakeholders, ya que, como hemos mencionado, cada uno de ellos es esencial para que la empresa siga subsistiendo. Las relaciones entre cada grupo de interés deben estar equilibradas y cada uno de ellos debe analizar y evaluar a sus stakeholders con el fin de no poner en riesgo a la comunidad ni a la propia empresa. Por tanto, en el sector privado, se espera que se tenga un bien manejo entre los stakeholders para mantener sostenible la empresa y, en el sector público, se espera que se cumpla con el interés general para velar por el bienestar de los ciudadanos del país.
Finalmente, los stakeholders mencionados, son de vital importancia para la supervivencia de la empresa, por ello, la contratación indebida, podría poner en riesgo la continuidad de la empresa, su rentabilidad, y su posicionamiento y confianza. Además, también hay otros stakeholders que, indudablemente, afectan a la empresa cuando se comete un acto de contratación indebida, como los medios de comunicación que investigan a fondo y ponen en conocimiento a toda la sociedad sobre los malos hábitos de la empresa; los competidores quienes aprovechan esta falla de su competidor para ganarle participación en el mercado; los sindicatos, las empresas dedicadas a la labor social, entre otros.

Pregunta 4: Analice cómo afecta el tema elegido a la triple base de la sostenibilidad de las empresas y qué impactopuede tener en la sostenibilidad general de la empresa.

La sostenibilidad descansa sobre tres pilares los cuales afectan al tema de la contratación indebida en estos aspectos:
  • Ambiental: Según esta perspectiva de la sostenibilidad, las empresas deben de usar la ética para preocuparse por los recursos naturales.  Sin embargo, en el tema de las contrataciones indebidas las empresas hacen todo lo contrario, pues no se interesan por las personas y mucho menos por el ambiente en el que ellos mismos viven, pues por ahorrar unos cuantos soles realizan malas maniobras en donde contratan a empresas que no presentan las condiciones ni permisos necesarios para realizar trabajos delicados. Esto se da muchas veces en las mineras, pues al momento de tercerizar actividades de excavación, las cuales son muy delicadas por los gases tóxicos y se necesitan una serie de requisitos para realizar sus operaciones, contratan a cualquier empresa y, a sabiendas de que no presentan las condiciones optimas, les otorgan el trabajo.  Frente a dicho problema, las  las entidades públicas deberian de preocuparse por el tema ambiental, ya que como esta empresa minera hay otras empresas de distintos rubros que atentan contra este pilar tan importante para toda la sociedad.

  • Económica: En este aspecto, las contrataciones indebidas solo van a lograr un atraso económico, pues existen casos de muchas empresas en donde han realizado contratos falsos o inválidos, los cuales han ocasionado pago excesivamente bajo al trabajador, que ocasiona un atraso al país, puesto que con las justas les alcanza para subsistir. Por este motivo, no cuentan con nada de dinero extra para ver alternativas de cursos o capacitaciones para mejorar y ser más competitivo. Esto va en contra de cualquier norma ética, pues una empresa no puede buscar su propio beneficio sobrepasando el beneficios de sus propios clientes internos. Otro punto que no alienta el desarrollo económico de el tema tratado, es el hecho de que dado que muchas personas entran a buenos puestos de trabajo “por contactos” o algún tipo de favoritismo, esto imposibilita a otras personas muy capaces y que buscan un empleo digno, la posibilidad de acceder a dichos puestos, a pesar de contar con los conocimientos y con las habilidades requeridas para el puesto.

  • Social: Cuando se toca el tema de las contrataciones indebidas, la justicia social se hace a un lado. El poder que tienen las empresas y las bajas oportunidades laborales que presenta la población, hace que las empresas manejen al capital humano según su conveniencia. Por ejemplo, en una empresa muchos colaboradores se encuentran en planilla mientras que otros con un sueldo menor y que trabajan a tiempo completo pero finalmente colaboradores también, son pagados a través de recibos por honorarios. Esta ultima forma de pago, no les permite a los colaboradores acceder a sus beneficios sociales y por ende en todo lo que se respecta a esto no existe ninguna clase de equidad social. Por ello, la brecha entre ricos y pobres sigue creciendo.

El sector público tiene la obligación de salvaguardar el bienestar de sus ciudadanos y, por eso, la sostenibilidad social debe ser imprescindible. Toda entidad pública debe estar enfocada en el interés general de la sociedad, por lo que debe tratar de lograr su desarrollo a través de compromisos por la calidad de vida para estas generaciones y para las futuras. Cada entidad pública tiene una visión y una misión que se deben cumplir a favor de la mejora del rubro al que está destinado, por ejemplo, OSIPTEL se encarga de regular y supervisar el mercado de servicios públicos de telecomunicaciones; INDECOPI que se encarga de la protección de los derechos de los consumidores y que fomenta la leal y honesta competencia; entre otras. Todas estas tienen como fin último promover y fomentar el bien común para que la sociedad pueda vivir bajo las normas establecidas. Además, otorga la oportunidad de que las próximas generaciones tengan la garantía de poder vivir mejor o igual que como lo estamos actualmente.

 

SNV AMÉRICA LATINA. Portal Web en el que se encuentra información acerca de esta empresa social y sus productos, clientes, resultados y demás. En: http://www.snvla.org/es/Productos/politicaspublicasinclusivas.html
CINDERELLA MAN. Película de Ron Howard, narra la historia de James Bradock y la crisis norteamericana durante el gobierno de Franklin D. Roosevelt.
CARACOL RADIO 2010 Página web que contiene un artículo relacionado con la contratación indebida. En: http://www.caracol.com.co/nota.aspx?id=977001  
EL COMERCIO 2010 Página web con artículos de interés relacionados con el tema tratado. En: http://elcomercio.pe/edicionimpresa/Html/2008-09-08/sat-niega-contratacion-indebida.html
OCMAL 2010 Articulación entre organizaciones de la Región desde México hasta Patagonia que defienden las comunidades afectadas por los impactos de la minería en América Latina. En: http://www.conflictosmineros.net/contenidos/10-colombia/5962-el-pueblo-mas-robado-de-colombia
IAEU 2010 Página web del Instituto de Altos Estudios Universitarios que contiene información sobre derecho penal. En: http://www.iaeu.es/caratula/derecho/master-derecho-internacional.php?gclid=CNfL4Z7hgKQCFQy87QodHnLUUQ